Elizabeth Salazar y Carla Díaz son dos periodistas peruanas que se especializan en la cobertura de la agenda de género y derechos humanos. Luego de coincidir en un proyecto periodístico en el que analizaron cómo los medios han retratado a las personas LGBTI+ en los últimos años en Perú, decidieron indagar en cómo estaban actuando los jueces y juezas que deciden las sentencias por cambio de sexo y de nombre en los documentos de identidad de las personas trans.
De la iniciativa nació Identidades negadas, un reportaje publicado en Agencia Presentes, con el apoyo de la Embajada de Canadá en Perú, que analiza los discursos violentos y discriminatorios que sustentan a 208 de estas sentencias en la última década en el país andino.
Para entender el proceso de trabajo de Salazar y Díaz, hay que entender primero el contexto en su país. A diferencia de otros países de la región, Perú no cuenta con una ley de identidad de género. Para que una persona trans realice cambios de datos en su documento de identidad debe hacerlo por vía judicial. Según lo demostrado en el reportaje, esto implica que las personas trans que desean tener un documento de identidad acorde a su identidad autopercibida deban atravesar un escrutinio físico y moral por parte de jueces y procuradores del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Las periodistas se preguntaron cuántas personas trans intentaron o han logrado acceder a este derecho en Perú, y qué pasa cuando sus casos llegan al Poder Judicial. “Vimos que no había un análisis a profundidad; teníamos la idea de que los que conocíamos no eran hechos aislados, sino que era sistemático”, dicen las autoras en entrevista con LatAm Journalism Review (LJR).
“Partimos de la hipótesis de que habían elementos discriminatorios y violentos en las sentencias”, explica Salazar. Para comprobarlo, “tuvimos un plan a, un b y un c, y mucho ensayo y error”. Con el objetivo de conseguir las sentencias por cambio de sexo y de nombre de los últimos diez años, desplegaron el plan a haciendo pedidos de acceso a la información pública. Pero como el registro estadístico oficial no incluye la categoría de género —solo identifica a los demandantes por el nombre que se les asignó al nacer—, no fue posible conseguir lo que buscaban por esta vía.
El plan b fue acercarse a los abogados que acompañan los procesos de cambio de nombre y sexo en los documentos de identidad de las personas trans. “Conseguimos 10 abogados que nos dijeron que nadie había podido exponer estos casos. Para ellos, hasta el momento eran solo casos aislados. Pero con una muestra de 10 no podíamos llevar adelante el proyecto”, explica Salazar.
Finalmente, el plan c fue “ir a la base del periodismo de datos, a descargar la información. Todo cambio de nombre se anuncia por edicto en el diario oficial. Descargamos todos los edictos que tenían cambios de nombre solicitados por un ciudadano peruano. Encontramos más de 1.800 resultados, era enorme. Lo pasamos por un filtro para descalificar a personas que no eran LGBTI+”, sigue relatando Salazar. “Luego, lo tuvimos que revisar de forma manual para saber si eran personas trans. Con este filtro nos quedamos con un grupo menor, pero tuvimos que entrar al buscador del Poder Judicial para corroborar uno por uno que, en efecto, se trataba de personas trans”. Así fue como llegaron a las 208 sentencias de primera y segunda instancia en juzgados y salas civiles que analizaron para su reportaje. Este periodo de la investigación les tomó dos meses y medio.
Para trabajar con el material, “elaboramos una matriz del análisis del discurso. Analizamos las sentencias y las actas de audiencia en las que habían elementos vulneratorios contra la vida de las personas trans”, dice Díaz y agrega que, para el análisis, se basaron en estándares de derechos humanos internacionales como la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que aborda el derecho a la igualdad de las personas LGBTI+. Este dictamen hace especial énfasis en el respeto al reconocimiento de la identidad y expresión de género de las personas.
Las autoras consignaron en el artículo que “el 85% (176) de las 208 sentencias analizadas evidencia un patrón de argumentos que lesionan los derechos de las personas trans, al exigir requisitos estigmatizantes o desconocer el marco legal y el concepto de identidad de género”. Incluso detectaron este tratamiento en las demandas que se declararon fundadas, que son el 83% del total revisado. Después agruparon los argumentos discriminatorios que más se usan en las sentencias en cinco tipos, a saber: aceptar o exigir a las personas trans evidencias de sometimientos a cirugías corporales o tratamientos hormonales; la patologización (permitir que se presenten informes psicológicos y psiquiátricos como evidencias); los comentarios o discursos que perpetúan estereotipos y discriminación de género; el rechazo del marco legal que permite reconocer el nombre y la identidad de género, e ignorar el concepto de identidad de género.
Los desafíos y el cuidado de la salud mental en la cobertura periodística
A la hora de contar con una perspectiva de derechos humanos, a las periodistas se les presentó el desafío de cómo publicar la información y el análisis de los discursos sin revictimizar o volver a exponer a las víctimas. “El principal reto es cómo lo cuento sin que suene a una película de terror”, explica Salazar. Por eso, una de las opciones fue acompañar el artículo con ilustraciones y no con fotografías, que las autoras consideran que implica revictimizar.
Otro de los aprendizajes que transmiten es el de “romper el enfoque y la mirada paternalista que tienen los medios hacia las personas LGBTI+”. En sentido, Salazar agrega: “Las personas LGBTI+ tienen voz, autoridad y una vida más allá del estereotipo de los medios. Las personas trans quieren cambiar el nombre de sus documentos por razones muy particulares, muchas tienen trabajo en un ambiente de oficina, o estudian en una universidad y no quieren ser acosadas. Es necesario contar la vida de las personas LGBTI+ como contamos la de cualquiera”.
Díaz hace hincapié también en que “cuando se trabaja con poblaciones vulnerables es importante proteger la identidad de las personas y los casos”. Para explicar mejor esto pone un ejemplo: “Hay jueces y juezas que procesan las solicitudes de cambio de sexo. Así, los abogados ya saben a qué juzgados ir a pedir los cambios de nombre y de sexo. Nosotras sabemos cuáles son los lugares donde más casos se aprueban, pero no lo mencionamos en la investigación. Tuvimos que desistir de eso porque hay antecedentes que señalan que, cuando se visibiliza esta información, el Reniec denuncia o emprende acciones en contra de esos jueces, juezas y de abogados”.
Para Díaz, es importante entender que “en periodismo de derechos humanos estamos haciendo algo por un motivo. El foco desde un principio fue no exponer a las poblaciones LGBTI+, sino a quienes las vulneran. No todo es válido”.
Otro de los desafíos que destacan las periodistas es el cuidado de su salud mental, un aspecto que no previeron en su investigación. “Hubo momentos en que leía lo que Carla iba procesando, tantas sentencias y con argumentos tan fuertes, que tenía que cerrar la computadora porque me daba náuseas”, relata Salazar. “Subestimamos el cuidado de nuestra salud mental. Ambas habíamos tratado el tema de género, pero esto fue distinto porque eran los argumentos de una autoridad, sentencias firmes. Algo sistemático y masivo. Pero por los plazos de cierre no hubo tiempo para poder procesarlo, y no lo programamos”. Las autoras coinciden que para una próxima investigación fijarán espacios de conversación para el cuidado de su salud mental.
Este artículo fue publicado originalmente en LatAm Journalism Review y se reproduce en IJNet con permiso.